Les brindamos información de último momento en referencia al Decreto 126/2019, modifica la entrada en vigencia de la obligatoriedad para las empresas de contar con servicios de Prevención y salud en el Trabajo.
En este sentido:
La empresas con más de 300 empleados , cualquiera sea la rama de actividad , deberán contar con dicho o servicio obligatoriamente.
Las empresas de entre 50 y 300 empleados , se irán incorporando progresivamente según el sector de actividad al que pertenezcan a propuesta de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo ( CONASSAT) . Desde la entrada en vigencia del Decreto que las incluya en la obligatoriedad contarán con un plazo de 180 días a efectos de instrumentar dichos servicios
Todas las empresas de más de 5 empleados deberán contar con servicios de prevención y salud en un plazo máximo de 18 meses
La nueva redacción dada por en el Decreto establece que estos servicios deben ser multidisciplinarios
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