*Fuente de la Foto: Instituto Cuesta Duarte
Fondo Social Metalúrgico
2903 9070
Río Negro 1394 of 803
Según el Artículo 1º de la Ley 19.444 el FOSMETAL se crea para los trabajadores subordinados, comprendidos en el ámbito de aplicación de los Convenios Colectivos del Consejo de Salarios del Grupo 8 correspondiente a la «Industria de productos metálicos, maquinarias y equipos», sub grupo 01 sector metalúrgico: «Industrias metálicas básicas, productos metálicos, reciclajes de productos metálicos, aberturas de aluminio, muebles metálicos. Maquinarias y equipos (motores, bombas, compresores, refrigeración).
Mantenimiento de maquinarias, equipos e instalaciones en empresas»; sub grupo 04 «Fábrica de carrocería, tapicería, ensamblado de vehículos automotores, remolques, semirremolques, bicicletas, otros equipos de transporte» , sub grupo 05, capítulo I «Talleres mecánicos, chapa y pintura» y capítulo II «Empresas de Auxilio Mecánico Automotriz».
Sin perjuicio de la integración dispuesta en el inciso primero del presente artículo, podrán integrar el Fondo Social otros subgrupos, capítulos y/o sectores del Grupo 8 que acuerden su incorporación y así lo manifiesten por escrito al Consejo Directivo Honorario. Dicha comunicación oficiará como elemento constitutivo de tal incorporación.
La administración del Fondo se realizará por un Consejo Directivo que se compondrá de cuatro miembros, designados dos por la delegación empresarial y dos por la delegación de los trabajadores (UNTMRA) del Grupo 8 de consejo de Salarios. Tendrá un mandato de dos años y sus miembros podrán ser reelectos. Pueden ser sustituidos en forma definitiva por las entidades que hicieron la designación cuando estas lo estimen pertinente. Se designará para cada titular un suplente respectivo que podrá actuar sin necesidad de convocatoria en caso de licencia o inasistencia del titular.
El 27 de diciembre de 2017 se firmó el Acta de Designación en la cual se estipula como Presidente al Sr. Flavio Eduardo Perez Perez (sector empresarial), en el cargo de Vicepresidente Sr. Cesar Acosta Rodriguez (sector trabajador), en el cargo de Secretario Sr. Felipe Javier Mussio Garcia ( sector empresarial) y el Sr. Carlos Leonardo Clavijo Percovich ( sector trabajador) en el cargo de tesorero.
Según el Artículo 5º de la Ley 19.444 el FOSMETAL promoverá el bienestar del trabajador y de su familia en los siguientes aspectos, disponiendo las consiguientes prestaciones conforme a los literales B) y C) del inciso segundo del artículo 4° de la presente ley:
- A) Asistencia odontológica y otros planes de salud no cubiertos por la Ley Nº 18.211, de 5 de diciembre de 2007.
- B) Turismo social en el marco legal y reglamentario de los Ministerios y Organismos Estatales competentes.
- C) Velar por la mejora en la educación del trabajador y su familia.
- D) Otros rubros de análoga importancia social.